La falsificación o alteración de estados financieros es un delito penal y el contador público que se preste a ello puede incluso terminar en prisión en caso que sea denunciado por quienes resulten afectados.
Son muchos los usuarios de los estados financieros, usuarios que puede tomar decisiones basados en estados financieros, y si toman decisiones sobre un estado financiero falso alterado, puede tener serios perjuicios económicos o de otro tipo, y ante esa situación puede denunciar penalmente al contador público que los firmó, sin perjuicio que también se le pueda denunciar por estafa y se le exija incluso la reparación económica por los posibles daños o detrimento económico sufrido por el usuario al decidir sobre un estado financiero falso o alterado.
Al contador público que falsifique un estado financiero, le es aplicable lo dispuesto en el artículo 289 del código penal colombiano, el cual contempla que:
Falsedad en documento privado. El que falsifique documento privado que pueda servir de prueba, incurrirá, si lo usa, en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses.
En efecto, falsificar o alterar un estado financiero se tipifica como falsedad en documento privado, el cual incluso puede aplicar incluso en aquellos casos en que técnicamente podría considerarse que no hay falsificación, caso en el cual operaría lo que se conoce como falsedad ideológica en documento privado.
Y es precisamente la falsedad ideológica en documento privado, el delito más común relacionado con la alteración o falsificación de estados financieros por parte de un contador público, ya que no existe falsificación como tal toda vez que el estado financiero es elaborado originalmente por el mismo contador público, pero en ese caso parte de la información plasmada en el estado financiero original no corresponde a la verdad, es falsa o está tergiversada.
Sin duda, el contador público que falsifica o altera estados financieros, lo hace con la intención de que los usuarios de dichos estados financieros vean en esos estados financieros una situación diferente a la real, algo que sucede muy a menudo en los estados financieros que se presentan a los bancos u otras entidades de crédito, estados financieros que han sido alterados o “maquillados” para aparentar una solvencia económica que realmente no existe.
La simple falsificación o alteración ya es un delito penal. Pero además puede existir una responsabilidad civil si de esa falsificación se deriva una estafa o detrimento económico a un tercero.
Para quien guste profundizar más sobre el tema, las salas civil y penal de la corte suprema ha emitido varias sentencias relativas al asunto que cualquiera puede consultar haciendo una búsqueda en Google o directamente el en portal de la Corte suprema de justicia.